Resumen de la convocatoria:
BOP: BOP número 98, lunes 26 de mayo de 2025.
Plazos: El plazo finaliza el lunes, 23 de junio de 2025 (incluido).
Cuantía: Hasta 2.000 € máximo o el 90 % del coste justificado en la actividad.
Resolución: Decreto número 11537, de fecha 16 de septiembre de 2025.
Objeto:
Esta Convocatoria tiene por objeto la concesión de subvenciones a Asociaciones Juveniles, Secciones Juveniles de otras Entidades y Consejos de Juventud, para financiar programas de actividades juveniles, desde el 16 de octubre de 2024 hasta el 15 de octubre de 2025, con la finalidad de promover actividades de interés general que propicien la participación juvenil, estimular el funcionamiento de asociaciones de jóvenes, así como apoyar las iniciativas culturales, sociales, formativas y de tiempo libre que fomenten la participación cívica y ciudadana de los jóvenes, tanto en el marco de sus propias asociaciones como en la vida social activa.
Bases de la convocatoria en la BDNS: 832531
Resolución:
Justificación:
La justificación del cumplimiento de las condiciones impuestas y de la consecución de los objetivos previstos en el acto de concesión de la subvención se realizará a través del trámite de solicitud de abono y justificación habilitado en la sede electrónica, desde el día siguiente al de la notificación de la resolución definitiva de la concesión y hasta el día 3 de noviembre de 2025, incluyendo la siguiente documentación:
Ficha de terceros: contenida en el propio trámite de abono y justificación.
Solamente los beneficiarios que resulten seleccionados en el sorteo aportarán, además, los justificantes de gastos (facturas, nóminas, seguros sociales, relación nominal de trabajadores emitido por la seguridad social, …) correspondientes a la actividad subvencionada.
Solicitud:
Documentación De conformidad con la Base Octava de las Bases Reguladoras de la Convocatoria, las solicitudes deberán ser presentadas en el plazo de 10 días hábiles, contados a partir del siguiente al de su publicación, en la Sede Electrónica, adjuntando la solicitud, fotocopia del NIF y Estatutos (sólo si es la primera vez).
Solicitud desde la sede electrónica (incluye anexos I, II y III). Los anexos se pueden abrir de forma gratuita con DOCUMENTOS desde el DRIVE de Google.
Novedades y modificaciones de la convocatoria.
El logotipo para insertar en la publicidad de los Programas se encuentra aquí y también en el propio trámite.
